México: Amenazan con quemar a evangélicos en comunidad de la Sierra Sur de Oaxaca

Publicado en 1 Mayo 2013

Publicado el 1 de Mayo de 2013
Leopoldo Alonso Silva, pastor evangélico de la Iglesia Cristiana Independiente Pentecostés Getsemaní ubicada en el Municipio San Juan Ozolotepec en la Sierra Sur de Oaxaca, denunció que la comunidad y el presidente municipal Pedro Cruz González han amenazado con quemar a los integrantes de la Iglesia evangélica o aventarlos a una barranca si no se retractan de sus creencias.

El llamado de auxilio por la actitud de intolerancia religiosa que se vive en varias comunidades de Oaxaca se incrementó en esta población porque son las autoridades municipales las que ordenan que se les cierren los servicios, dijo.
En tanto que el gobierno estatal a través de los Asuntos Religiosos de la Secretaría General de Gobierno les ha dicho que mejor paguen los 7 mil pesos de multa para ya no seguir teniendo conflictos con las autoridades.

Los cristianos evangélicos de la población de San Juan Ozolotepec, municipio de Miahuatlán, enfrentan persecución religiosa por parte del alcalde de la localidad, Pedro Cruz González, quien ya los amenazó de que los van a quemar “o a echar en un camión de redilas para tirarlos en la barranca”.
Recuerdan que desde el año 2011 cuando falleció Epifanio Reyes Ramírez,  la autoridad municipal prohibió que se enterrara en el panteón municipal. Lo mismo sucedió en el mes de marzo de 2011 cuando falleció Elena Villavicencio Cruz.
El actual munícipe mantiene esta misma postura y argumenta que, “por acuerdo del cabildo, se tiene que negar la sepultura a toda persona que profesa una religión distinta a la católica”.
El grupo de evangélicos de la Iglesia Cristiana Independiente Pentecostés “Getsemaní”está compuesto también por 18 menores de edad, uno de los cuales ya fue expulsado de la escuela secundaria porque sus compañeros lo han agredido por ser evangélico.
Se pudo establecer que los cristianos no tienen derechos en la comunidad, ni acceso a programas sociales. Les impiden trabajar sus tierras, incluso, la autoridad municipal está planeando la expulsión de todos los evangélicos con el argumento de que al no dar tequios deben ser expulsados conforme al estatuto comunal y están haciendo los trámites necesarios para sacarlos del padrón de comuneros.
También la autoridad les ha prohibido la construcción de un templo por eso los evangélicos temen que en cualquier momento, se desaten hechos de sangre y situaciones violentas por el hostigamiento y la violación a sus garantías como la libertad de creencia y de culto religioso.
El pastor Leopoldo Alonso Silva de Getsemaní ha manifestado  “Tenemos miedo hermano, porque ya han pasado cosas desagradables y ahora nos quieren hasta quemar. Mismo testimonio que fue enseñado a las autoridades del gobierno estatal, sin embargo.
El director de asuntos religiosos del gobierno de Oaxaca, Francisco Zavaleta Rojas, ha dicho que es mejor que paguen la multa de 7 mil pesos que les están imponiendo por no ser católicos, para quitarse de problemas, mientras que el director de asuntos religiosos de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León, continúa mencionando que en México “no hay intolerancia religiosa”.
Este y otros 5 casos que tenemos latentes actualmente en Hidalgo, Chiapas, Guerrero, Oaxaca y Michoacán se están boletinando a instancias internacionales, toda vez que en México no hay autoridad judicial o administrativa que pare la intolerancia y discriminación religiosa.

Escrito por Contralobos

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A LA OPINIÓN PÚBLICA:<br /> A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN:<br /> <br /> Con relación a las declaraciones del pastor evangélico Leopoldo Alonso Silva, en diversos medios de comunicación en fechas 10,11 y 25 de abril del año en curso, en los que señala que en el<br /> Municipio de San Juan Ozolotepec, existe intolerancia religiosa, realizamos las siguientes puntualizaciones:<br /> 1. Este Ayuntamiento siguió un procedimiento administrativo en contra de URBANO MARTÍNEZ por incumplir con las normas de construcción vigentes en el Estado de Oaxaca, decretándose la clausura<br /> provisional de la construcción ubicada en terrenos comunales, bajo la posesión de URBANO MARTÍNEZ. Contra las determinaciones de esta Autoridad y en ejercicio de sus derechos el poseedor interpuso<br /> Juicio de Amparo, mismo que se tramitó con el número 1048/2011 ante el Juzgado Primero de Distrito del Estado de Oaxaca y al resolver la autoridad federal negó el Amparo y Protección de la Justicia<br /> Federal, porque las actuaciones de esta autoridad municipal se encontraban ajustadas a derecho, es decir, no se vulneró derecho humano alguno; contra esta determinación el quejoso interpuso Recurso<br /> de Revisión al que se le asignó el número que 425/2012 y que resolvió el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimotercer Circuito el pasado 27 de noviembre de 2012,<br /> confirmando la resolución del Juez Federal, por lo que esta autoridad continuó con el procedimiento administrativo procediendo la clausura definitiva de la obra el 17 de marzo de 2013.<br /> 2. Durante el procedimiento administrativo, esta autoridad no tuvo conocimiento del destino que se pretendía dar a dicha construcción, pues el origen del procedimiento administrativo fue la falta<br /> de permiso para construcción, uso de suelo y alineamiento, acto que se encuentra apegado a derecho.<br /> 3. El Cabildo electo por el sistema normativo interno del Municipio de San Juan Ozolotepec, no reconoce ni establece religión alguna, pues los ciudadanos gozan de libertad religiosa la cual es<br /> garantizada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.<br /> 4. Ninguno de los integrantes del Cabildo de manera personal o en ejercicio de sus funciones ha hecho manifestaciones en contra de persona alguna de este Municipio.<br /> 5. Ante la Dirección de Asuntos Religiosos de la Secretaria General de Gobierno, manifestamos que el procedimiento legal se encontraba en revisión ante la autoridad judicial federal y quedaba<br /> sujeto a lo que definiera dicha autoridad, y como ya ha quedado expuesto en el procedimiento no se vulneró derecho humano alguno.<br /> 6. Con posterioridad a la clausura definitiva, LEOPOLDO ALONSO SILVA quien se ostenta como pastor de la Iglesia Pentecostés en esta comunidad, acudió a los medios masivos de comunicación<br /> denunciando una supuesta expulsión de cerca de 100 personas, por pertenecer una religión distinta a la católica, así como que se les negó derecho a la educación a los niños de su congregación, que<br /> sus seguidores no tienen derecho a los programas sociales, ni a enterrar a sus familiares en el panteón municipal, denostando a la autoridad municipal y a la Asamblea Comunitaria.<br /> 7.- En relación a esas afirmaciones señalamos que los derechos humanos de todos los ciudadanos de este Municipio son respetados sin distinción de credo. No hay intolerancia religiosa o conflicto<br /> alguno entre los creyentes de las diversas asociaciones religiosas asentadas en este Municipio y en caso de existir diferencias es nuestro deber como autoridades participar en la solución de dichos<br /> conflictos por la vía del diálogo y la conciliación, dentro del marco normativo.<br /> En cuanto a la negativa a enterrar a los difuntos de esa congregación, el Pastor Leopoldo Alonso Silva refiere dos nombres, Elena Villavicencio Cruz y Epifanio Reyes Ramírez, ambos fallecidos en<br /> 2011; en este aspecto, precisamos que la primera de los nombrados se encuentra sepultada en el panteón municipal de esta población. En cuanto al segundo si bien fue originario de esta comunidad,<br /> residió muchos años en el Distrito Federal, donde falleció, desconocemos el lugar de su sepultura, pero no existe solicitud ante la autoridad municipal para que sus restos reposaran en el panteón<br /> de San Juan Ozolotepec, por lo que las afirmaciones vertidas son totalmente falsas.<br /> En cuanto a que las personas que no profesan la religión católica se les margina de los programas sociales, no es competencia del Ayuntamiento definir a quien se les otorgan los beneficios, toda<br /> vez que dichos programas sociales son operados directamente por los gobiernos federal y estatal. Por lo que es imposible que nosotros como autoridad municipal excluyamos de dichos programas a<br /> determinado sector de la población.<br /> En cuanto a que un estudiante de la Secundaria haya dejado la institución, por conflictos con sus compañeros no corresponde al ámbito de esta autoridad municipal, sino a las autoridades escolares<br /> tomar conocimiento de esos hechos y resolverlos en el ámbito de su competencia.<br /> 8. Los sistemas normativo internos de los pueblos y comunidades indígenas de Oaxaca se encuentran reconocidos por las leyes estatales, la Constitución Federal así como por el sistema internacional<br /> de protección de derechos humanos, la libertad religiosa también es un derecho humano fundamental tutelado por los mismos ordenamientos. No existe una colisión de principios, por lo que todos los<br /> ciudadanos deben cumplir con las leyes, con total independencia de sus creencias religiosas. JESUCRISTO lo condensó diciendo “Dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios”; y BENITO<br /> JUÁREZ lo precisó “Entre los individuos como entre las Naciones el respeto al derecho ajeno es la paz”.<br /> <br /> ATENTAMENTE<br /> H. AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN OZOLOTEPEC<br /> <br /> <br /> PEDRO CRUZ GONZÁLEZ SALVADOR RIVERA CRUZ<br /> PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL SECRETARIO MUNICIPAL<br /> <br /> <br /> <br /> <br /> FELIPE ARAGÓN REYES FELICITOS HERNÁNDEZ ARAGÓN<br /> SINDICO MUNICIPAL REGIDOR DE HACIENDA<br /> <br /> <br /> <br /> <br /> <br /> <br /> OLIVERIO CASTILLO MARTINEZ CAMERINO DÍAZ ZURITA<br /> REGIDOR DE EDUCACIÓN REGIDOR DE OBRAS
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